Cada dos por tres me vienen los de siempre con la monserga de
los pisos vacíos y la necesidad de vivienda (para los trabajadores -¡y para
todos, qué caray!-) que no es una cuestión baladí y sí un problema grave cuya
solución depende de la voluntad política supramunicipal y del presupuesto (los
euros contantes y sonantes) que se destinen.
Me produce estrés emocional -y, aviso: tuve una exposición
accidental a rayos gamma, como el doctor Robert Bruce Banner- cada vez que se
pide una intervención sobre los pisos ‘vacíos’
y no se pide un estatus jurídico que dé seguridad a los tenedores de los pisos
‘vacíos’ para sacarlos, si quieren, al
mercado del alquiler.
Y, a todo esto, las iniciativas para facilitar la construcción
de vivienda social brillan por su ausencia.
El problema, tan acuciante como es, no se resuelve de un día
para otro cuando es consecuencia de inacción patológica prolongada. Pero es que
no se mueve nada ni nadie a la hora de promover vivienda social.
Y todo esto viene a cuento de quienes quieren actuar, como
solución de poderes públicos, sobre la propiedad privada de algunos.
La propiedad privada es un derecho inviolable y sagrado desde
la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano[1]
de 1789.
Ya más recientemente, la Constitución española del 78 reconoce
el derecho a la propiedad privada (Art. 33.1) y garantiza (Art. 33.3) que nadie
podrá ser privado de sus bienes y derechos, especificando la excepcionalidad de
la causa justificada de utilidad pública o interés social -que no lo veo aquí y
ahora-, apostillando que llegando este extremo se hará mediante la
correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto en las leyes.
¡Ay las leyes!
En este texto fundamental español la propiedad ha pasado a ser
considerada como un derecho estatutario (ley escrita promulgada) y no como
derecho individual (derecho inalienable e imprescriptible) propio del Estado
liberal clásico. Evolución al compás de los tiempos.
Ya Aristóteles[2]
(siglo IV aC) -¡ojo, que no es de ayer tarde!- se posicionaba por la propiedad
privada frente a la común.
Por cierto: es a partir del siglo X, cuando el raciocinio
empieza a tratar de la ley natural -que postula la existencia de derechos
humanos fundados en la naturaleza humana- en juego ante la ley divina -según Tommaso
d’Aquino[3]
(santo Tomás de Aquino), la razón divina que gobierna el mundo-, también se
defendió la propiedad privada dejando entrar en la ecuación conceptos como lo
conseguido mediante el trabajo; y algún pensador de la época llegó a reseñar
sus efectos sobre el bienestar (lo que excede de los propósitos de este Post).
Cierto es que también los hubo que criticaron el intercambio
de trabajo por dinero, pero es que resulta que en aquellos días no había tele,
ni se jugaba la Champions (¡Bravo, Madrid!; quince ya). Había tiempo entonces para
filosofar sin prisas; y con pausas.
Y el tiempo pasó -¡Tempus
fugit!-y el concepto se mantuvo.
Y en esto que introducimos en escena un personaje -digamos- especial
de la valía y renombre de John Locke[4],
profesor de griego clásico en Oxford, que tonteó con los experimentos con gases
de Robert Boyle[5]
(relación de volumen y presión a temperatura constante; ley de Boyle-Mariotte[6])
y que terminó como médico privado de un influyente personaje, en todo el apogeo
final del siglo XVII. Tiempo tenía y dedicó mucho a reflexionar sobre lo que
estaba pasando en su tiempo.
Su contribución a la teoría liberal es supina y fundamental.
Para Locke, nacemos sin ideas innatas y el conocimiento lo
conseguimos por la experiencia, que deriva de la percepción sensorial.
Y fue a más. En 1690 publicó una obra titulada Dos tratados
sobre el gobierno civil que revolucionaron el panorama, especialmente en lo
referente al segundo, donde despliega su teoría del Estado: un rey
constitucional sometido al Parlamento. Y consciente de que una lacra ya era la
corrupción, para evitarla propone la existencia de tres poderes (que son
cuatro): Legislativo (hacer leyes, con un poder judicial independiente, y por
elección popular), Ejecutivo (cumplir las leyes) y Federativo (para las relaciones
de la comunidad con el exterior: la paz, la guerra y el comercio). Cosas del
XVII… pero esta obra fue decisiva para la declaración de los derechos civiles.
Una célebre cita de Voltaire[7]
dice: “Lo que sabemos de política lo aprendimos de Monsieur Locke”… y
otra asegura que “la política es el camino para que los hombres sin
principios puedan dirigir a los hombres sin memoria” que es la confirmación
de lo que está pasando con el PSOE y sus votantes.
Pues a ver si más de uno lo reconoce a estas alturas del XXI y
entiende que la propiedad privada es un derecho natural.
Y mucho Locke, mucho Locke, pero téngase en cuenta que él
bebió de las fuentes del Doctor Eximius[8]…
que no era otro que Francisco Suárez de Toledo Vázquez de Utiel y González de
la Torre. Con esa retahíla de apellidos, español tenía que ser y jesuita de la
Escuela de Salamanca. Suárez es junto al dominico Francisco de Vitoria, autor
intelectual de la llamada Primera Globalización.
Y tras este toque patrio que me pedía el cuerpo, vuelo a
Locke.
Para Locke, la propiedad privada es un derecho natural que
abarca la vida, la libertad, e incluso la riqueza en base al trabajo, la
suficiencia y el no desperdicio; pero es un derecho limitado, restringido a la
protección de la vida propia y de terceros.
El gobierno civil debe proteger la propiedad privada.
Y de eso fue lo que trató, con Carlos Herrera -en sus mañanas
de la COPE- y el de 3 de junio de 2024, Vicente Magro[9],
alicantino, Magistrado (de la Sala Segunda; de lo Penal) del Tribunal Supremo,
senador que fue por el PP (1996-2000) -secretario primero de la Comisión de
Justicia del Senado- y por 15 años presidente de la Audiencia Provincial de
Alicante. Magro abogó por una Ley Integral para el tema que nos ocupa -el
fenómeno de impago de rentas de alquiler y de la ocupación- que proporcione una
orden urgente de expulsión y recuperación inmediata de la propiedad -en 24/48
horas- ante quienes atentan contra la propiedad privada. Vulnerabilidad y
realojo son responsabilidades de la Administración, no de los propietarios de
los inmuebles. Y no son ellos quienes deben soportarla.
Pues no que se dio en el programa la cifra de 40 ocupaciones
al día y 16.000 al año; esto sólo pasa en España. Así, ¿quién invierte en
vivienda?; ¿quién se atreve actuar?; ¿quién saca su casa al mercado del
alquiler?
La ausencia de sistemas de recuperación posesoria en España anima
a la ocupación y a muchos individuos a “olvidar” el pago de la renta;
como se van de rositas.
Es obvio que el 99% de los españoles coincidimos -quiero
imaginar yo, que vivo en Disneyland- con Magro en que el Estado debe proveer de
herramientas jurídicas a los jueces -y apoyo a la Policía- desde el mismo
momento en que existe una realidad palpable de lo que es flagrante; de lo que
es evidente. De lo que es de tal evidencia que no necesita pruebas, que es la
definición de flagrante.
Los colegios de abogados de Barcelona y Mataró plantearon ya una
iniciativa legislativa que pretende un simple añadido en un artículo de la Ley
Procesal Penal, en el 544 ter añadir: “cualquier
persona que entre en una casa ajena el juez de instrucción podrá expulsarlo en
24 horas”.
Y con esa frase formando parte ya del corpus legal y con
independencia de la vulnerabilidad y la cuestión del realojo -que son problemas,
insistió Magro e insisto yo, que no pueden trasladarse al propietario- asunto
resuelto. Se les manda a la punta calle y punto pelota.
“A veces piensa el
Estado”, explicó Magro -y me alarmó por aquello de ‘pensar’ el Estado-, que
el que tiene dos casas las tiene porque le sobra el dinero y puede permitirse
aguantar la situación. Una boutade más de las muchas a que nos tiene
acostumbrados este Gobierno de Sánchez.
Pero hay una cuestión superior: no podemos cargarnos el derecho
a la propiedad privada; no podemos cargarnos el derecho de posesión.
La situación actual, coincidamos, desincentiva la inversión en
vivienda.
Necesitamos políticas que permitan la confianza en la
recuperación inmediata del bien inmueble por impago de rentas u ocupación. La
actual Ley de Vivienda retrasa la expulsión de quien impaga; traslada la
responsabilidad al propietario y, como venimos insistiendo, esa responsabilidad
es del Estado, pues es el Estado -y no el particular- es el que debe de proveer
de vivienda a quien carece de ella.
Luego, añadió Magro ante Herrera, está la cuestión de las ‘primeras
o segundas residencias’. Magro fue rotundo: la primera residencia, la
habitual, y la segunda residencia, la posiblemente vacacional, “tienen la
misma protección jurídica”. La doctrina del Tribunal Supremo es que ambas “son morada”. Y morada es la “estancia de asiento o residencia algo
continuada en un lugar”[10].
Con una ley integral que protegiera los derechos de los
propietarios de inmuebles, consideramos muchos, el alquiler bajaría de precio
al incrementarse la oferta por salir propiedades al mercado. Falta la garantía
de esa ley. Ante la situación actual, el mercado se contrae y suben los
precios: ¡Obvio!
Magro insistió en el programa de Herrera en que “hay que
confiar en el sistema, en la justicia y en la policía; pero hay que poner un
sistema fuerte, eficaz y de garantías”. Pues eso: ¡garantías! Porque el
ciudadano propietario se enfrenta además a trucos y pruebas artificiosas -el
ticket de una pizza a domicilio-, para “demostrar” que no se trata de un
ilícito penal. Al margen de esa chorrada que nunca debió tenerse en consideración,
lo único claro es que la sociedad está demandando reformas legales para actuar
en favor de las víctimas, que son los propietarios.
Y recordó Magro el inexistente registro de morosos del
alquiler[11],
consignado en la ley hace once años -artículo 3 de la Ley 4/2013, de 4 de junio-
pero que no se ha puesto en marcha por absoluta dejación. Si dejas de pagar un
préstamo, entras en el registro específico[12]
y ya no puedes recurrir al sistema bancario hasta salir de él. Pues en las
casas debería pasar lo mismo. Se han puesto en marcha algunos sistemas
‘particulares’, pero el contemplado por la ley no.
Luego también está la consideración de “estafa”
-prevista en el Art. 248 de Código Penal[13]-
cuando contratas un alquiler con la intención de no volver a pagar las rentas.
Que esa es otra. Pues existe una figura que da respaldo al propietario.
A veces pienso -casi siempre- que los que atentan contra la
propiedad privada, por pura envidia y patología política, tienen añoranza por
un régimen que no han conocido más que en libros y reseñas de parte y del que
por ignorancia y estulticia sienten añoranza.
Lo que pienso sobre esto bien clarito ya lo he dejado en unPost de abril mientras otros parecen añorar las Komunalki -la subdivisión
de pisos burgueses donde varias familias compartían baños y cocinas- e incluso un
pisito modelo k7, que vaya usted a saber por qué.
Lo mismo sueñan con el Narkomfin[14]
de los arquitectos Ginzburn y Milinis (1928) para los empleados del Comisariado
del Pueblo de Finanzas que se ocupó en 1932 para reinventar la vida cotidiana
de las personas bajo los ideales socialistas donde la colectivización era el
eje y, por consiguiente -que diría Mr. X- todas las funciones comunitarias,
ubicadas fuera de los apartamentos, implicaban que todos los niños debían ser
criados colectivamente para poder contrastar las relaciones patriarcales. La
transformación de la cocina en una actividad comunitaria también permitiría a
las mujeres liberarse de las responsabilidades domésticas y cuestionar la
privatización de las relaciones de pareja. Lo mismo es esto lo que buscan.
Aunque eso es mucho pensar.
Digamos que, a bote pronto, su ideal de solución habitacional
parece que se basa en el viejo proyecto que demolió la Catedral de Cristo
Salvador -erigida en Moscú para conmemorar la derrota de Napoleón- para
levantar en el solar el Palacio de los Sóviets -el monumento supremo del estado
socialista-, que nunca fue construido. Es decir: destruir para nada. Bueno, en
el hueco de los cimientos se inventaron una piscina -la más grande del mundo al
aire libre- y en la década de los 90, fenecido el régimen soviético, levantaron
otra vez la catedral, que fue consagrada en el 2000.
Estos reivindicadores se olvidan de que en la URSS no existía
un mercado inmobiliario en el sentido clásico porque -prácticamente- todo el
espacio habitable pertenecía al Estado y se permitían plantear proyectos como
el de los arquitectos Barsch y Vladimirov, de 1929, que partía de la hipótesis
de la desintegración del núcleo familiar según edades y actividades: módulos
separados para adultos, para menores de 8 años y para niños en edad escolar.
Lo mismo piensan en los kommunlaka, las casas comunales
que surgieron tras el decreto del 20 de agosto de 1918. Aunque puede ser que lo
que echan de menos son los stalinkas, los bloques (de 5 a 11 pisos) de
pisos comunales del periodo 1933-53 donde varias familias vivían en un mismo
piso, cada una ocupando una o más habitaciones donde la superficie habitable
por persona era de 5’6 m2. Las cocinas, los lavabos y los pasillos
eran compartidos.
O en los jrushchovkas que entraron en juego en 1953 y
en los que el espacio vital para cada persona escaló hasta los teóricos 12 m2
por persona; pero la realidad es que ninguno rebasó los 8’23 m2 para
1970; o los 9 m2 de 1982. Eso sí: los datos estadísticos tras la desintegración
de la URSS muestran que en realidad la media estuvo en 6’4 m2 por
persona. Dependiendo del número de miembros de la familia, había pisos de una,
dos y tres habitaciones que ocupaban hasta 58 m2.
En todos los países postsoviéticos, así como en Alemania y
Cuba, todavía se pueden encontrar jrushchovkas.
Aquellos mini pisos[15]
del régimen soviético -que se hacían en tan sólo 12 días- obligaron a los
diseñadores a pasarse al minimalismo y entonces apareció -antes de que los
suecos de IKEA dieron en el blanco- el sillón-cama o la mesa-cama, que se ha
convertido en uno de los símbolos de la época.
Y a pesar de todo esto aún se intentaron enfrentar a occidente
con el equipamiento de las cocinas soviéticas y occidentales. En noviembre de
2014 ya les conté lo del debate de las cocinas; la guerra de los electrodomésticos.
Y a pesar del comunismo soviético hubo iniciativas hacia la
propiedad que sólo estos necios de aquí se niegan a ver. La primera fase de
liberalización del ‘mercado’ inmobiliario en la URSS tuvo lugar en 1958.
Entonces empezaron a aparecer por todo el país cooperativas de viviendas, donde
se podía comprar un piso. El precio del metro cuadrado de una vivienda de este
tipo era fijo y costaba entre 6.000 y 8.000 rublos, un dinero inasequible para cualquier
soviético proletario; pero existían las élites.
Por cierto -muerto el perro, se acabó la rabia- una pasó a
peor vida la URSS, la nueva rusia emergente una vez que las políticas de
glásnost (“transparencia”: crítica libre al Partido y al Gobierno) y la
perestroika (“reconstrucción”: reestructuración del sistema económico) de
Mijaíl Gorbachov no tuvieron mucho éxito por lo que Boris Yeltsin Yeltsin resultó
elegido presidente del Presidium del Soviet Supremo de la República Socialista
Federativa Soviética de Rusia (RSFSR; la más grande de las 15 que componían la
URSS) en mayo de 1990 se creó una situación extraña ya que había dos líderes en
Moscú, uno para la URSS (Gorbachov) y otro para la RSFSR (Yeltsin) y se mantuvo
hasta el 8 de diciembre de 1991, Yeltsin se reunió con los presidentes de
Ucrania y Bielorrusia (que también habían declarado su independencia en ese
momento) para firmar los Acuerdos de Belavezha que reconocían la disolución de
la URSS. El 25 de diciembre de 1991 Gorbachov renunció oficialmente
como presidente de la URSS. El Estado comunista dejó de existir. Desde
entonces, cada una de las 15 repúblicas estaba por su cuenta, incluida la
Federación Rusa.
Ese mismo año de 1991 en pleno proceso de implosión comunista
se aprobó la ley de privatización del Fondo de la Vivienda, que inició la era
de la propiedad privada. Los residentes del Estado, que nunca antes habían sido
propietarios de nada, recibieron el derecho a disponer de bienes inmuebles.
En 1997, junto con una nueva reforma de la vivienda en Rusia,
se creó la Agencia para préstamos hipotecarios para la vivienda. Un año
después, el estado presentó una base legal para los préstamos hipotecarios.
Porque hasta en Rusia la gente cree en la propiedad privada… o eso me parece a
mí apurando un culín de buen güisqui galés.
[1] El 26 de agosto de 1789 la Asamblea Nacional
Constituyente francesa aprobó la Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano, convirtiéndose en un legado fundamental de la Revolución Francesa;
misma que tiene un valor universal, y constituyó la base de la Declaración de
las Naciones Unidas en 1948.
[2] Aristóteles (384 aC.- 322 aC.); filósofo, polímata y
científico griego. Discípulo de Platón, está considerado el padre de la
filosofía occidental. Sus ideas han ejercido una enorme influencia sobre la
historia intelectual de Occidente por más de dos milenios.
[3] Tommaso d'Aquino (1224/1225-1274); presbítero, fraile,
teólogo, filósofo y jurista católico perteneciente a la Orden de Predicadores.
Si bien es considerado el principal representante de la enseñanza escolástica
y una de las mayores figuras de la teología sistemática, su legado supuso, no
el comienzo, sino el fin de dicha filosofía. La Iglesia católica lo nombra
Doctor Angélico, Doctor Común y Doctor de la Humanidad y considera su obra
fundamental para los estudios de filosofía y teología. Fue el principal
defensor clásico de la teología natural. Sus comentarios sobre las obras de
Aristóteles lo lanzaron a la popularidad.
[4] John Locke (1632-1704); filósofo y médico inglés,
considerado como uno de los más influyentes pensadores del empirismo inglés y
conocido como el Padre del Liberalismo Clásico. Sus escritos influyeron en
Voltaire y Rousseau, pensadores de la Ilustración francesa, así como los
revolucionarios estadounidenses. Sus contribuciones al republicanismo clásico y
la teoría liberal se reflejan en la Declaración de Independencia de los Estados
Unidos y la Declaración de Derechos de 1689. Tras la Revolución de 1688, la que
derrocó a Jacobo II, se convirtió en asesor de los whigs (representantes del
partido liberal).
[5] Robert Boyle (1627-1691); filósofo, químico, físico e
inventor anglo-irlandés; también fue un prominente teólogo cristiano. Es
conocido principalmente por la formulación de la ley de Boyle: relación entre
volumen y presión de una cierta cantidad de gas mantenida a temperatura
constante. Está considerado como el primer químico moderno. Su obra The Sceptical Chymist (El químico
escéptico) está considerada una obra fundamental en la historia de la química.
[6] La ley de Boyle-Mariotte fue formulada
independientemente por el físico y químico irlandés Robert Boyle en 1662 y el
físico y botánico francés Edme Mariotte en 1676. Mariotte descubrió que el
volumen del aire cambia con la temperatura.
[7] Pseudónimo adoptado en abril de 1718 por François-Marie
Arouet (1694-1778); escritor,
historiador, filósofo y abogado francés, que perteneció a la francmasonería y
figura como uno de los principales representantes de la Ilustración, un período
que enfatizó el poder de la razón humana y de la ciencia en detrimento de la
religión. Entre 1726 y 1729 Voltaire residió en Londres donde trabó amistad con
el filósofo liberal John Locke.
[8] Doctor Eximius et Pius (1548-1617); teólogo, filósofo y
jurista jesuita español. Una de las principales figuras de la Escuela de
Salamanca; uno de los mayores escolásticos, prohumanistas y autor clave que
marcó la transición de la escolástica a la filosofía moderna. Leibniz, Grocio,
Pufendorf, Schopenhauer y Heidegger encontraron razones para citarlo como
fuente de inspiración e influencia. En su gran obra jurídica Tractatus de legibus ac Deo legislatore,
muy fecunda para la doctrina iusnaturalista y el derecho internacional, se
encuentra ya la idea del pacto social y
esboza el principio de la democracia
contra cesaristas, legistas, maquiavelistas y luteranistas. Distingue entre ley
eterna, ley natural, derecho de gentes, ley positiva
humana (derecho civil y derecho canónico) y ley positiva divina (la del Antiguo
y Nuevo Testamento). Suárez fue, junto con San Roberto Belarmino, uno de los teólogos que con mayor autoridad
y brillantez formularon el derecho a la resistencia armada frente a un poder
injusto.
[9] https://www.cope.es/programas/herrera-en-cope/audios/herrera-cope-03-06-2024-09h-20240603_2568578 - entrevista entre los minutos 4’15 y 27’45.
[10] DRAE dixit.
[11] Revista del Centro de Estudios Financieros CEFLegal, Nº
265 (febrero 2023), pp. 37-54
[12] Los 3 más “famosos” son ASNEF-EQUIFAX: gestionado por
la entidad ASNEF-EQUIFAX Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito,
S.L. - BADEXCUG: dirigido por EXPERIAN Bureau de Crédito S.A. - RAI: gestionado
por EXPERIAN Bureau de Crédito S.A., por cuenta del Centro de Cooperación
Interbancaria.
[13] https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-21800#:~:text=%C2%ABArt%C3%ADculo%20248.,seis%20meses%20a%20tres%20a%C3%B1os
[14] Edificio representativo de la arquitectura residencial
constructivista soviética, considerado una ‘casa
experimental de tipo transicional’. Comprendía un edificio
residencial, un edificio comunal y un jardín de infancia sin terminar, fueron
planeados como un conjunto rítmicamente equilibrado de edificios de diferentes tamaños. Su
restauración se completó en 2020.
[15] En enero de 1950 tuvo lugar
una convención de arquitectos, donde se evaluaron distintas tecnologías
constructivas en orden de reducir costos, mano de obra y tiempo de edificación.
Siguiendo teorías del ingeniero en jefe a cargo de la planificación urbana en
Moscú, Vitaly Lagutenko, se decidió iniciar la construcción de edificios
prefabricados, para lo que se construyeron dos fábricas de paneles de concreto
en Moscú: (Presnensky, en 1953, y Khoroshevsky, en 1954). Se industrializó el
proceso de construcción masiva con bloques con los que podían llegar a armarse
distintos diseños de unidades habitacionales en un muy corto tiempo y con un
bajo costo de edificación. En 1961 se desarrolló el famoso y más usado diseño K-7
de Khrushchyovka (5 pisos sin ascensor, y unidades de 1, 2 o 3 habitaciones).
Entre 1961 y 1968, únicamente en Moscú fueron construidas 64,000 unidades. Los
muros interiores eran de sólo 4 cm y de 8 cm los muros entre apartamentos. Se
llegaron a construir en 12 días a veces saltando la unión con mortero de los
bloques. La serie Khrushev 1-527 (1957-60) contó con ligeras propiedades
térmicas; la serie Khrushev 1-528 (1957-70) se prodigó en Moscú y San
Petersburgo con ciertos estándares de calidad; la serie Khrushev 1605/5
(1958-66) contó ya con balcón; la serie Khrushev II-17 (1959-67) se
circunscribió al barrio moscovita de Nagatino; La serie Khrushchev 1-468
amplió superficies (pero hay pocas referencias a años y lugares); y la serie Khrushev
1-515/5 (1960-70) dispuso de calefacción y agua corriente centralizadas y
muros y tabiques en condiciones. En general, el mantenimiento de los espacios
públicos no se concesionó ni consideró, no había luz en escaleras y rellanos y
el cableado eléctrico iba por fuera de la pared. Los Khrushchyovka fueron una
revolución en la construcción (paneles) y permitió construir extremadamente
rápido y a bajo costo, pero debido a la baja calidad de la construcción resultó
un problema más que una solución. https://wiki.ead.pucv.cl/Unidades_Habitacionales_Khrushchyovka,_URSS
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