5 jun 2024

A VUELTAS -OTRA VEZ- CON LO DE LA PROPIEDAD PRIVADA…

  

Cada dos por tres me vienen los de siempre con la monserga de los pisos vacíos y la necesidad de vivienda (para los trabajadores -¡y para todos, qué caray!-) que no es una cuestión baladí y sí un problema grave cuya solución depende de la voluntad política supramunicipal y del presupuesto (los euros contantes y sonantes) que se destinen.

Me produce estrés emocional -y, aviso: tuve una exposición accidental a rayos gamma, como el doctor Robert Bruce Banner- cada vez que se pide una intervención sobre los pisos ‘vacíos’ y no se pide un estatus jurídico que dé seguridad a los tenedores de los pisos ‘vacíos’ para sacarlos, si quieren, al mercado del alquiler.

Y, a todo esto, las iniciativas para facilitar la construcción de vivienda social brillan por su ausencia.

El problema, tan acuciante como es, no se resuelve de un día para otro cuando es consecuencia de inacción patológica prolongada. Pero es que no se mueve nada ni nadie a la hora de promover vivienda social.

Y todo esto viene a cuento de quienes quieren actuar, como solución de poderes públicos, sobre la propiedad privada de algunos.

La propiedad privada es un derecho inviolable y sagrado desde la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano[1] de 1789.

Ya más recientemente, la Constitución española del 78 reconoce el derecho a la propiedad privada (Art. 33.1) y garantiza (Art. 33.3) que nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos, especificando la excepcionalidad de la causa justificada de utilidad pública o interés social -que no lo veo aquí y ahora-, apostillando que llegando este extremo se hará mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto en las leyes. ¡Ay las leyes!

En este texto fundamental español la propiedad ha pasado a ser considerada como un derecho estatutario (ley escrita promulgada) y no como derecho individual (derecho inalienable e imprescriptible) propio del Estado liberal clásico. Evolución al compás de los tiempos.

Ya Aristóteles[2] (siglo IV aC) -¡ojo, que no es de ayer tarde!- se posicionaba por la propiedad privada frente a la común.

Por cierto: es a partir del siglo X, cuando el raciocinio empieza a tratar de la ley natural -que postula la existencia de derechos humanos fundados en la naturaleza humana- en juego ante la ley divina -según Tommaso d’Aquino[3] (santo Tomás de Aquino), la razón divina que gobierna el mundo-, también se defendió la propiedad privada dejando entrar en la ecuación conceptos como lo conseguido mediante el trabajo; y algún pensador de la época llegó a reseñar sus efectos sobre el bienestar (lo que excede de los propósitos de este Post).

Cierto es que también los hubo que criticaron el intercambio de trabajo por dinero, pero es que resulta que en aquellos días no había tele, ni se jugaba la Champions (¡Bravo, Madrid!; quince ya). Había tiempo entonces para filosofar sin prisas; y con pausas.

Y el tiempo pasó -¡Tempus fugit!-y el concepto se mantuvo.

Y en esto que introducimos en escena un personaje -digamos- especial de la valía y renombre de John Locke[4], profesor de griego clásico en Oxford, que tonteó con los experimentos con gases de Robert Boyle[5] (relación de volumen y presión a temperatura constante; ley de Boyle-Mariotte[6]) y que terminó como médico privado de un influyente personaje, en todo el apogeo final del siglo XVII. Tiempo tenía y dedicó mucho a reflexionar sobre lo que estaba pasando en su tiempo.

Su contribución a la teoría liberal es supina y fundamental.

Para Locke, nacemos sin ideas innatas y el conocimiento lo conseguimos por la experiencia, que deriva de la percepción sensorial.

Y fue a más. En 1690 publicó una obra titulada Dos tratados sobre el gobierno civil que revolucionaron el panorama, especialmente en lo referente al segundo, donde despliega su teoría del Estado: un rey constitucional sometido al Parlamento. Y consciente de que una lacra ya era la corrupción, para evitarla propone la existencia de tres poderes (que son cuatro): Legislativo (hacer leyes, con un poder judicial independiente, y por elección popular), Ejecutivo (cumplir las leyes) y Federativo (para las relaciones de la comunidad con el exterior: la paz, la guerra y el comercio). Cosas del XVII… pero esta obra fue decisiva para la declaración de los derechos civiles. Una célebre cita de Voltaire[7] dice: “Lo que sabemos de política lo aprendimos de Monsieur Locke”… y otra asegura que “la política es el camino para que los hombres sin principios puedan dirigir a los hombres sin memoria” que es la confirmación de lo que está pasando con el PSOE y sus votantes.

Pues a ver si más de uno lo reconoce a estas alturas del XXI y entiende que la propiedad privada es un derecho natural.

Y mucho Locke, mucho Locke, pero téngase en cuenta que él bebió de las fuentes del Doctor Eximius[8]… que no era otro que Francisco Suárez de Toledo Vázquez de Utiel y González de la Torre. Con esa retahíla de apellidos, español tenía que ser y jesuita de la Escuela de Salamanca. Suárez es junto al dominico Francisco de Vitoria, autor intelectual de la llamada Primera Globalización.

Y tras este toque patrio que me pedía el cuerpo, vuelo a Locke.

Para Locke, la propiedad privada es un derecho natural que abarca la vida, la libertad, e incluso la riqueza en base al trabajo, la suficiencia y el no desperdicio; pero es un derecho limitado, restringido a la protección de la vida propia y de terceros.

El gobierno civil debe proteger la propiedad privada.

Y de eso fue lo que trató, con Carlos Herrera -en sus mañanas de la COPE- y el de 3 de junio de 2024, Vicente Magro[9], alicantino, Magistrado (de la Sala Segunda; de lo Penal) del Tribunal Supremo, senador que fue por el PP (1996-2000) -secretario primero de la Comisión de Justicia del Senado- y por 15 años presidente de la Audiencia Provincial de Alicante. Magro abogó por una Ley Integral para el tema que nos ocupa -el fenómeno de impago de rentas de alquiler y de la ocupación- que proporcione una orden urgente de expulsión y recuperación inmediata de la propiedad -en 24/48 horas- ante quienes atentan contra la propiedad privada. Vulnerabilidad y realojo son responsabilidades de la Administración, no de los propietarios de los inmuebles. Y no son ellos quienes deben soportarla.

Pues no que se dio en el programa la cifra de 40 ocupaciones al día y 16.000 al año; esto sólo pasa en España. Así, ¿quién invierte en vivienda?; ¿quién se atreve actuar?; ¿quién saca su casa al mercado del alquiler?

La ausencia de sistemas de recuperación posesoria en España anima a la ocupación y a muchos individuos a “olvidar” el pago de la renta; como se van de rositas.

Es obvio que el 99% de los españoles coincidimos -quiero imaginar yo, que vivo en Disneyland- con Magro en que el Estado debe proveer de herramientas jurídicas a los jueces -y apoyo a la Policía- desde el mismo momento en que existe una realidad palpable de lo que es flagrante; de lo que es evidente. De lo que es de tal evidencia que no necesita pruebas, que es la definición de flagrante.

Los colegios de abogados de Barcelona y Mataró plantearon ya una iniciativa legislativa que pretende un simple añadido en un artículo de la Ley Procesal Penal, en el 544 ter añadir: “cualquier persona que entre en una casa ajena el juez de instrucción podrá expulsarlo en 24 horas”.

Y con esa frase formando parte ya del corpus legal y con independencia de la vulnerabilidad y la cuestión del realojo -que son problemas, insistió Magro e insisto yo, que no pueden trasladarse al propietario- asunto resuelto. Se les manda a la punta calle y punto pelota.

A veces piensa el Estado”, explicó Magro -y me alarmó por aquello de ‘pensar’ el Estado-, que el que tiene dos casas las tiene porque le sobra el dinero y puede permitirse aguantar la situación. Una boutade más de las muchas a que nos tiene acostumbrados este Gobierno de Sánchez.

Pero hay una cuestión superior: no podemos cargarnos el derecho a la propiedad privada; no podemos cargarnos el derecho de posesión.

La situación actual, coincidamos, desincentiva la inversión en vivienda.

Necesitamos políticas que permitan la confianza en la recuperación inmediata del bien inmueble por impago de rentas u ocupación. La actual Ley de Vivienda retrasa la expulsión de quien impaga; traslada la responsabilidad al propietario y, como venimos insistiendo, esa responsabilidad es del Estado, pues es el Estado -y no el particular- es el que debe de proveer de vivienda a quien carece de ella.

Luego, añadió Magro ante Herrera, está la cuestión de las ‘primeras o segundas residencias’. Magro fue rotundo: la primera residencia, la habitual, y la segunda residencia, la posiblemente vacacional, “tienen la misma protección jurídica”. La doctrina del Tribunal Supremo es que ambas “son morada”. Y morada es la “estancia de asiento o residencia algo continuada en un lugar[10].

Con una ley integral que protegiera los derechos de los propietarios de inmuebles, consideramos muchos, el alquiler bajaría de precio al incrementarse la oferta por salir propiedades al mercado. Falta la garantía de esa ley. Ante la situación actual, el mercado se contrae y suben los precios: ¡Obvio!

Magro insistió en el programa de Herrera en que “hay que confiar en el sistema, en la justicia y en la policía; pero hay que poner un sistema fuerte, eficaz y de garantías”. Pues eso: ¡garantías! Porque el ciudadano propietario se enfrenta además a trucos y pruebas artificiosas -el ticket de una pizza a domicilio-, para “demostrar” que no se trata de un ilícito penal. Al margen de esa chorrada que nunca debió tenerse en consideración, lo único claro es que la sociedad está demandando reformas legales para actuar en favor de las víctimas, que son los propietarios.

Y recordó Magro el inexistente registro de morosos del alquiler[11], consignado en la ley hace once años -artículo 3 de la Ley 4/2013, de 4 de junio- pero que no se ha puesto en marcha por absoluta dejación. Si dejas de pagar un préstamo, entras en el registro específico[12] y ya no puedes recurrir al sistema bancario hasta salir de él. Pues en las casas debería pasar lo mismo. Se han puesto en marcha algunos sistemas ‘particulares’, pero el contemplado por la ley no.

Luego también está la consideración de “estafa” -prevista en el Art. 248 de Código Penal[13]- cuando contratas un alquiler con la intención de no volver a pagar las rentas. Que esa es otra. Pues existe una figura que da respaldo al propietario.

A veces pienso -casi siempre- que los que atentan contra la propiedad privada, por pura envidia y patología política, tienen añoranza por un régimen que no han conocido más que en libros y reseñas de parte y del que por ignorancia y estulticia sienten añoranza.

Lo que pienso sobre esto bien clarito ya lo he dejado en unPost de abril mientras otros parecen añorar las Komunalki -la subdivisión de pisos burgueses donde varias familias compartían baños y cocinas- e incluso un pisito modelo k7, que vaya usted a saber por qué.

Lo mismo sueñan con el Narkomfin[14] de los arquitectos Ginzburn y Milinis (1928) para los empleados del Comisariado del Pueblo de Finanzas que se ocupó en 1932 para reinventar la vida cotidiana de las personas bajo los ideales socialistas donde la colectivización era el eje y, por consiguiente -que diría Mr. X- todas las funciones comunitarias, ubicadas fuera de los apartamentos, implicaban que todos los niños debían ser criados colectivamente para poder contrastar las relaciones patriarcales. La transformación de la cocina en una actividad comunitaria también permitiría a las mujeres liberarse de las responsabilidades domésticas y cuestionar la privatización de las relaciones de pareja. Lo mismo es esto lo que buscan.

Aunque eso es mucho pensar.

Digamos que, a bote pronto, su ideal de solución habitacional parece que se basa en el viejo proyecto que demolió la Catedral de Cristo Salvador -erigida en Moscú para conmemorar la derrota de Napoleón- para levantar en el solar el Palacio de los Sóviets -el monumento supremo del estado socialista-, que nunca fue construido. Es decir: destruir para nada. Bueno, en el hueco de los cimientos se inventaron una piscina -la más grande del mundo al aire libre- y en la década de los 90, fenecido el régimen soviético, levantaron otra vez la catedral, que fue consagrada en el 2000.

Estos reivindicadores se olvidan de que en la URSS no existía un mercado inmobiliario en el sentido clásico porque -prácticamente- todo el espacio habitable pertenecía al Estado y se permitían plantear proyectos como el de los arquitectos Barsch y Vladimirov, de 1929, que partía de la hipótesis de la desintegración del núcleo familiar según edades y actividades: módulos separados para adultos, para menores de 8 años y para niños en edad escolar.

Lo mismo piensan en los kommunlaka, las casas comunales que surgieron tras el decreto del 20 de agosto de 1918. Aunque puede ser que lo que echan de menos son los stalinkas, los bloques (de 5 a 11 pisos) de pisos comunales del periodo 1933-53 donde varias familias vivían en un mismo piso, cada una ocupando una o más habitaciones donde la superficie habitable por persona era de 5’6 m2. Las cocinas, los lavabos y los pasillos eran compartidos.

O en los jrushchovkas que entraron en juego en 1953 y en los que el espacio vital para cada persona escaló hasta los teóricos 12 m2 por persona; pero la realidad es que ninguno rebasó los 8’23 m2 para 1970; o los 9 m2 de 1982. Eso sí: los datos estadísticos tras la desintegración de la URSS muestran que en realidad la media estuvo en 6’4 m2 por persona. Dependiendo del número de miembros de la familia, había pisos de una, dos y tres habitaciones que ocupaban hasta 58 m2.

En todos los países postsoviéticos, así como en Alemania y Cuba, todavía se pueden encontrar jrushchovkas.

Aquellos mini pisos[15] del régimen soviético -que se hacían en tan sólo 12 días- obligaron a los diseñadores a pasarse al minimalismo y entonces apareció -antes de que los suecos de IKEA dieron en el blanco- el sillón-cama o la mesa-cama, que se ha convertido en uno de los símbolos de la época.



Y a pesar de todo esto aún se intentaron enfrentar a occidente con el equipamiento de las cocinas soviéticas y occidentales. En noviembre de 2014 ya les conté lo del debate de las cocinas; la guerra de los electrodomésticos.

Y a pesar del comunismo soviético hubo iniciativas hacia la propiedad que sólo estos necios de aquí se niegan a ver. La primera fase de liberalización del ‘mercado’ inmobiliario en la URSS tuvo lugar en 1958. Entonces empezaron a aparecer por todo el país cooperativas de viviendas, donde se podía comprar un piso. El precio del metro cuadrado de una vivienda de este tipo era fijo y costaba entre 6.000 y 8.000 rublos, un dinero inasequible para cualquier soviético proletario; pero existían las élites.

Por cierto -muerto el perro, se acabó la rabia- una pasó a peor vida la URSS, la nueva rusia emergente una vez que las políticas de glásnost (“transparencia”: crítica libre al Partido y al Gobierno) y la perestroika (“reconstrucción”: reestructuración del sistema económico) de Mijaíl Gorbachov no tuvieron mucho éxito por lo que Boris Yeltsin Yeltsin resultó elegido presidente del Presidium del Soviet Supremo de la República Socialista Federativa Soviética de Rusia (RSFSR; la más grande de las 15 que componían la URSS) en mayo de 1990 se creó una situación extraña ya que había dos líderes en Moscú, uno para la URSS (Gorbachov) y otro para la RSFSR (Yeltsin) y se mantuvo hasta el 8 de diciembre de 1991, Yeltsin se reunió con los presidentes de Ucrania y Bielorrusia (que también habían declarado su independencia en ese momento) para firmar los Acuerdos de Belavezha que reconocían la disolución de la URSS. El 25 de diciembre de 1991 Gorbachov renunció oficialmente como presidente de la URSS. El Estado comunista dejó de existir. Desde entonces, cada una de las 15 repúblicas estaba por su cuenta, incluida la Federación Rusa.

Ese mismo año de 1991 en pleno proceso de implosión comunista se aprobó la ley de privatización del Fondo de la Vivienda, que inició la era de la propiedad privada. Los residentes del Estado, que nunca antes habían sido propietarios de nada, recibieron el derecho a disponer de bienes inmuebles.

En 1997, junto con una nueva reforma de la vivienda en Rusia, se creó la Agencia para préstamos hipotecarios para la vivienda. Un año después, el estado presentó una base legal para los préstamos hipotecarios. Porque hasta en Rusia la gente cree en la propiedad privada… o eso me parece a mí apurando un culín de buen güisqui galés.

 

 




[1] El 26 de agosto de 1789 la Asamblea Nacional Constituyente francesa aprobó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, convirtiéndose en un legado fundamental de la Revolución Francesa; misma que tiene un valor universal, y constituyó la base de la Declaración de las Naciones Unidas en 1948.

[2] Aristóteles (384 aC.- 322 aC.); filósofo, polímata y científico griego. Discípulo de Platón, está considerado el padre de la filosofía occidental. Sus ideas han ejercido una enorme influencia sobre la historia intelectual de Occidente por más de dos milenios.

[3] Tommaso d'Aquino (1224/1225-1274); presbítero, fraile, teólogo, filósofo y jurista católico perteneciente a la Orden de Predicadores. Si bien es considerado el principal representante de la enseñanza escolástica​ y una de las mayores figuras de la teología sistemática, ​su legado supuso, no el comienzo, sino el fin de dicha filosofía. La Iglesia católica lo nombra Doctor Angélico, Doctor Común y Doctor de la Humanidad y considera su obra fundamental para los estudios de filosofía y teología. Fue el principal defensor clásico de la teología natural. Sus comentarios sobre las obras de Aristóteles lo lanzaron a la popularidad.

[4] John Locke (1632-1704); filósofo y médico inglés, considerado como uno de los más influyentes pensadores del empirismo inglés y conocido como el Padre del Liberalismo Clásico. Sus escritos influyeron en Voltaire y Rousseau, pensadores de la Ilustración francesa, así como los revolucionarios estadounidenses. Sus contribuciones al republicanismo clásico y la teoría liberal se reflejan en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos y la Declaración de Derechos de 1689. Tras la Revolución de 1688, la que derrocó a Jacobo II, se convirtió en asesor de los whigs (representantes del partido liberal).

[5] Robert Boyle (1627-1691); filósofo, químico, físico e inventor anglo-irlandés; también fue un prominente teólogo cristiano. Es conocido principalmente por la formulación de la ley de Boyle: relación entre volumen y presión de una cierta cantidad de gas mantenida a temperatura constante. Está considerado como el primer químico moderno. Su obra The Sceptical Chymist (El químico escéptico) está considerada una obra fundamental en la historia de la química.

[6] La ley de Boyle-Mariotte fue formulada independientemente por el físico y químico irlandés Robert Boyle en 1662 y el físico y botánico francés Edme Mariotte en 1676. Mariotte descubrió que el volumen del aire cambia con la temperatura.

[7] Pseudónimo adoptado en abril de 1718 por François-Marie Arouet (1694-1778);  escritor, historiador, filósofo y abogado francés, que perteneció a la francmasonería y figura como uno de los principales representantes de la Ilustración, un período que enfatizó el poder de la razón humana y de la ciencia en detrimento de la religión. Entre 1726 y 1729 Voltaire residió en Londres donde trabó amistad con el filósofo liberal John Locke.

[8] Doctor Eximius et Pius (1548-1617); teólogo, filósofo y jurista jesuita español. Una de las principales figuras de la Escuela de Salamanca; uno de los mayores escolásticos, prohumanistas y autor clave que marcó la transición de la escolástica a la filosofía moderna. Leibniz, Grocio, Pufendorf, Schopenhauer y Heidegger encontraron razones para citarlo como fuente de inspiración e influencia. En su gran obra jurídica Tractatus de legibus ac Deo legislatore, muy fecunda para la doctrina iusnaturalista y el derecho internacional, se encuentra ya la idea del pacto social y esboza el principio de la democracia contra cesaristas, legistas, maquiavelistas y luteranistas. Distingue entre ley eterna, ley natural, derecho de gentes, ley positiva humana (derecho civil y derecho canónico) y ley positiva divina (la del Antiguo y Nuevo Testamento). Suárez fue, junto con San Roberto Belarmino, uno de los teólogos que con mayor autoridad y brillantez formularon el derecho a la resistencia armada frente a un poder injusto.

[10] DRAE dixit.

[11] Revista del Centro de Estudios Financieros CEFLegal, Nº 265 (febrero 2023), pp. 37-54

[12] Los 3 más “famosos” son ASNEF-EQUIFAX: gestionado por la entidad ASNEF-EQUIFAX Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L. - BADEXCUG: dirigido por EXPERIAN Bureau de Crédito S.A. - RAI: gestionado por EXPERIAN Bureau de Crédito S.A., por cuenta del Centro de Cooperación Interbancaria.

[14] Edificio representativo de la arquitectura residencial constructivista soviética, considerado una casa experimental de tipo transicional. Comprendía un edificio residencial, un edificio comunal y un jardín de infancia sin terminar, fueron planeados como un conjunto rítmicamente equilibrado de edificios de diferentes tamaños. Su restauración se completó en 2020.

[15] En enero de 1950 tuvo lugar una convención de arquitectos, donde se evaluaron distintas tecnologías constructivas en orden de reducir costos, mano de obra y tiempo de edificación. Siguiendo teorías del ingeniero en jefe a cargo de la planificación urbana en Moscú, Vitaly Lagutenko, se decidió iniciar la construcción de edificios prefabricados, para lo que se construyeron dos fábricas de paneles de concreto en Moscú: (Presnensky, en 1953, y Khoroshevsky, en 1954). Se industrializó el proceso de construcción masiva con bloques con los que podían llegar a armarse distintos diseños de unidades habitacionales en un muy corto tiempo y con un bajo costo de edificación. En 1961 se desarrolló el famoso y más usado diseño K-7 de Khrushchyovka (5 pisos sin ascensor, y unidades de 1, 2 o 3 habitaciones). Entre 1961 y 1968, únicamente en Moscú fueron construidas 64,000 unidades. Los muros interiores eran de sólo 4 cm y de 8 cm los muros entre apartamentos. Se llegaron a construir en 12 días a veces saltando la unión con mortero de los bloques. La serie Khrushev 1-527 (1957-60) contó con ligeras propiedades térmicas; la serie Khrushev 1-528 (1957-70) se prodigó en Moscú y San Petersburgo con ciertos estándares de calidad; la serie Khrushev 1605/5 (1958-66) contó ya con balcón; la serie Khrushev II-17 (1959-67) se circunscribió al barrio moscovita de Nagatino; La serie Khrushchev 1-468 amplió superficies (pero hay pocas referencias a años y lugares); y la serie Khrushev 1-515/5 (1960-70) dispuso de calefacción y agua corriente centralizadas y muros y tabiques en condiciones. En general, el mantenimiento de los espacios públicos no se concesionó ni consideró, no había luz en escaleras y rellanos y el cableado eléctrico iba por fuera de la pared. Los Khrushchyovka fueron una revolución en la construcción (paneles) y permitió construir extremadamente rápido y a bajo costo, pero debido a la baja calidad de la construcción resultó un problema más que una solución.  https://wiki.ead.pucv.cl/Unidades_Habitacionales_Khrushchyovka,_URSS