Este Post final sobre las comarcas quiero iniciarlo señalando que incluso el filólogo e
historiador Manuel Sanchís i Guarner
(1911-1981) propuso la suya propia (1966),
de la que tengo referencias -la séptima propuesta- pero no plasmación en mapa
alguno.
La confusión vivida -en cuanto a propuestas- y el momento
efervescente que se vive tras la muerte de Franco -inicios de la Transición y Batalla de Valencia (abril 1976 a diciembre 1981)- hace que la Diputación de Valencia entre en liza y
programe una Taula redona sobre la comarcalitzación al País Valencià (1979)
cuyos resultados -octava propuesta- ven la luz en 1980. Discutieron en esas sesiones las propuestas tanto de Soler como de López. En esos debates es cuando por primera vez se habla de Marina Alta y Marina Baja en función de la situación latitudinal del mapa, aunque
en la plasmación de los mismos no se señalaron.
1979 - Taula Redona Comarcalaització |
Y es aquí donde el profesor Pedro Pérez Puchal, desde el ámbito de la Geografía y para su Geografía
de la Población Valenciana atiende a una nueva propuesta para la
comarcalización (novena propuesta) desde
ciudades cabecera para un territorio concreto, llegando a proponer incluso subcomarcas y distritos, jerarquizando servicios. Pese a ello consigue 25 comarcas. Para la Marina (Baixa)
plantea Pérez Puchal una subcomarca con epicentro en Relleu y señala la dualidad de ciudades cabeceras entre la
emergente Benidorm y la tradicional Villajoyosa.
1978-79 - Pedro Pérez Puchal |
La décima propuesta es coetánea de la anterior. Promociones Económicas Valencianas,
Sociedad Anónima (PREVASA) publicó su propia propuesta (1980) de la entonces incipiente
disciplina de la Ordenación del
Territorio utilizando indicadores como dinámica
demográfica y renta, junto
enfoques geográficos como el de cabecera
de comarca. Así, los de PREVASA obtienen 24 comarcas, aunque resulta evidente la necesaria división (por
tamaño o intereses) en el Maestrat (Alto y Bajo), Mijares-La Plana, La
Tinença-Pla de Vinaròs, el Vinalopó (Alto y Medio) y La Foia de Castalla-Les
Valls d’Alcoi.
1979 - Comrcalización de PREVASA |
Al año siguiente, 1981,
aparece el libro Los desequilibrios espaciales: una comarcalización del País Valenciano
donde los economistas Bernardí Cabrer i
Borrás y María José Ribera Ortín plantean la undécima
propuesta en base a áreas funcionales
homogéneas (desde el punto de vista económico) en base a industrialización y/o terciarización (conociendo la
tradicional dependencia agrícola en general) donde señalan 25 comarcas que rotula con los nombres de sus cabeceras. Así, la
Marina Baixa es Villajoyosa.
1981 - Cabrer y Ribera |
No termina de convencer la propuesta de estos economistas y
es la propia Consellería de Economía y
Hacienda la que acomete la duodécima propuesta comarcal: obtiene 34. Esta propuesta señala que “la
comarca debe combinar espacio homogéneo con actividad económica, contar con uno
o más centros de atracción, atiende al conjunto historia-costumbre-actos
administrativos, respeta límites provinciales y procura que sean unidades
viables”. Esta propuesta, también de 1981, distingue entre el Marquesado
de Denia y La Marina.
1981 - Consellería de Economía |
En 1987 llegará
la décimo tercera propuesta. La encabeza el geógrafo Vicenç Rosselló y en ella participan el también geógrafo Josep María Bernabé Sastre y el
economista Bernardí Cabrer. Señalan 16 comarcas con un mínimo de 100.000
habitantes cada una. Se trataba de madurar una idea presentada Consell Preautonòmic de la Generalitat
(1982) atendiendo al Artículo 46 del
Estatut[1] (el Artículo 65 tras la Reforma
de 2006).
Aquí llegados merece la pena recordar que aquél Consell
Preatonòmic, que presidía Josep Lluís
Albinyana i Olmos, convocó una Comisión
de Expertos para el tema. No se consiguió acuerdo alguno tras 3 años de
trabajo.
1987 - Rosselló et ali. |
Pero en 1985, en
la remodelación del primer Consell (autonómico;
de la Generalitat), que preside el economista Joan Lerma i Blasco, se crea la Consellería de Administración Pública y al frente de ella se coloca
al que fuera director del Departamento de Estructura Económica de la
Universitat de Valencia Vicent Soler i Marco.
Soler se vuelca con la comarcalización, pero tampoco consigue sacar adelante el
tema.
El segundo Consell
de Lerma (1987) pone al frente de
Administraciones Públicas al historiador (Historia Económica) Joaquín Azagra Ros quien desde la Dirección General de Administración Local
publica una comarcalización -la décimo cuarta… y parece que definitiva- con el modelo de Ordenación del Territorio que
quería la Generalitat. No se trata de comarcas (nadie se atreve a llamarlas
así) sino de Demarcaciones Territoriales
Homologadas (DTH, 1988) que lo mismo sirven para un roto que para un
descosido: mantiene las mismas 32 comarcas
del trabajo de comarcalización de Joan Soler (el de 1970), reproduce las divisiones que propusieron el año anterior Rosselló,
Cabrer y Bernabé, y mantiene las
tres provincias. Cumple con la tradición progresista al aceptar a Soler y
se vuelve totalmente estructural, con la propuesta de Rosselló, y les sirve
esta división para las áreas sanitarias, el mapa escolar y todos los rangos de
la Administración.
1987 - Conjunción propuestas Soler y Rosselló el ali. DEMARCACIONES TERRITORIALES HOMOLOGADAS |
No
hemos resuelto lo de las comarcas, pero tenemos un mapa de comarcalización de servicios que nos
sirve. No existe ningún documento
oficial de la Generalitat que cite la palabra “comarcas/comarques” en toda la estructura de la Comunitat Valenciana…
ni se cumple el artículo 65 de l’Estatut.
1988 - definitivo DEMARCACIONES TERRITORIALES HOMOLOGADAS |
No hay consenso sobre el mapa comarcal general. En la Comunitat Valenciana no hay comarcas;
hay Demarcaciones Territoriales Homologadas… por la Generalitat.
PD. Mi sincero agradecimiento al Prof. José Costa Más, catedrático que lo fue del Departamento de Geografía Humana de la Universidad de
Alicante. Me enseñó Geografía Urbana
y mucho más; hablamos de todo, incluso de esto. Mucho tiempo después de dejar
la Universidad me lo tropezaba de continuo; él acudía a un gimnasio en la Avda.
de Aguilera de Alicante y yo trabajaba en el CPP d’Alacant de RTVV. Seguíamos hablando; hasta de cine. Genio y
figura.
[1]
Artículo 65
1. Una ley de Les Corts, en el marco de la legislación del Estado, que deberá ser aprobada por mayoría de dos tercios, podrá determinar la división comarcal, después de ser consultadas las entidades locales afectadas.
2. Las Comarcas son circunscripciones administrativas de La Generalitat y Entidades Locales determinadas por la agrupación de municipios para la prestación de servicios y gestión de asuntos comunes.
3. Las áreas metropolitanas y las agrupaciones de comarcas serán reguladas por Ley de Les Corts aprobada también por mayoría de dos tercios, después de ser consultadas las entidades locales afectadas.
1. Una ley de Les Corts, en el marco de la legislación del Estado, que deberá ser aprobada por mayoría de dos tercios, podrá determinar la división comarcal, después de ser consultadas las entidades locales afectadas.
2. Las Comarcas son circunscripciones administrativas de La Generalitat y Entidades Locales determinadas por la agrupación de municipios para la prestación de servicios y gestión de asuntos comunes.
3. Las áreas metropolitanas y las agrupaciones de comarcas serán reguladas por Ley de Les Corts aprobada también por mayoría de dos tercios, después de ser consultadas las entidades locales afectadas.
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