9 mar 2020

A PROPÓSITO DEL 8M (I)

Y dicen que todo esto de hoy comenzó aquí a partir de la Revolución de 1868, aquella de septiembre que llamaron ‘La Gloriosa’ cuando Concepción Arenal Ponte, Emilia Pardo Bazán y Rosalía de Castro (sin más apellidos, por ser hija de cura) se pusieron manos a la obra a defender cambios jurídicos y educativos que encajaron con el krausismo (del alemán Karl Christian Friedrich Krause) que alcanzó en España su máximo esplendor con Julián Sanz del Río y la Institución Libre de Enseñanza de Francisco Giner de los Ríos: defendían la necesidad de mejorar el nivel educativo de las mujeres al considerar que serían las protagonistas del progreso social y por ende del país. Así, Fernando de Castro crea (1871) la Asociación para la Enseñanza de la Mujer; enseñanza que es también protagonista principal de esta historia.

La educación de la mujer, para su realización, será clave.

Y esta aventura por la educación comenzó bastante antes. El Reglamento de Instrucción Pública de 1821 -emanado de la Constitución de 1812 y del Informe Quintana-dice ya que “las escuelas de niñas tengan el mismo plan, sistema y orden que el de las escuelas de niños”. La Pepa ya decía que “La Educación debía ser pública, universal y gratuita”. Pero, como siempre, el texto legal y el reglamento que lo desarrolla y lo dota de fondos llevan en España caminos distintos y no siempre coincidentes.
Los derechos de la mujer eran -y son- una cuenta pendiente; pero había otras. En el XIX se consiguieron algunos logros sociales: la ley que prohibía el trabajo de los menores de diez años (1873) y la ley que prohibía a los niños menores de quince años los trabajos insalubres y peligrosos (1878), como son los de torero, domador de fieras, buzo y unos pocos más de ese calibre. No creo que fuera más allá de un sentimiento de misericordia hacia el débil, pero no entraba en el concepto social de hoy en día y hacia la mujer.

Y, además, resulta que no todos en aquellos días finales del XIX estaban por la labor; los había que rompía moldes y esquemas la atención preferente a la mujer. Aparecieron libros como “La educación moral de la mujer” (1877) del militar y novelista Ubaldo Romero Quiñones o las recomendaciones de leer (a las que sabían, claro) determinados clásicos, como “De la instrucción de la mujer cristiana”, de Juan Luis Vives, escrito en 1523 y en el que Vives defendía ya la educación para todas las mujeres, independientemente de su clase social y capacidad -y que elogiaron tanto Erasmo como Tomás Moro-, pero que a finales del XIX chirriaba porque estaba en latín, o “La perfecta casada”, de Fray Luis de León, escrita en 1584 con proverbios del mismísimo Rey Salomón. Vamos que, la tendencia no era muy avanzada que digamos.

Por ello, no es de extrañar que el Código Civil de 1889 -Napoleónico aún- lo deja todo como antaño estaba: que si “el marido debe proteger a la mujer, y ésta obedecer al marido” (Art. 57), que si “la mujer está obligada a seguir a su marido dondequiera que fije su residencia” (Art. 58), que si el marido era el administrador de los bienes del matrimonio (Art. 59) o que si el marido era también el representante de la mujer y ésta no podía, sin su presencia, comparecer a juicio (Art. 60). Así las cosas, si la mujer poseía algún derecho de soltera, este desaparecía cuando se casaba. Y, a todo esto, acabando el XIX, la mayoría de las mujeres españolas no estaban nada convencidas de que su futuro fuera a estar en el mundo laboral; era una España agraria, con destellos puntuales de industria manufacturera, donde el analfabetismo en la mujer era superior al 88%, aunque un estudio realizado en Madrid y Barcelona -en 1885- lo deja en el 71’4% (¿?).

Con aquellos mimbres, al compás de la fecha del nuevo Código Civil, en Barcelona, se funda la primera organización feminista de España: la Sociedad Autónoma de Mujeres de Barcelona (1889). Venía con trayectoria de atrás, pero hasta ese momento no estaba el triunvirato femenino que la popularizó. Fueron la espiritista Amàlia Domingo Soler, la anarquista Teresa Claramunt Creus –“la virgen roja barcelonesa”, fundadora de ‘El Productor’- y la republicana Ángeles López de Ayala las que le dieron carta de naturaleza. En cuanto flaqueó en intensidad de esta Sociedad Autónoma, López de Ayala tomó el relevo (1898) con su Sociedad Progresiva Femenina que disponía de sendas escuelas laicas (de mañana y de tarde), un grupo teatral y un coro que actuaba en los círculos obreros de Barcelona, arropados por el radicalismo de Lerroux. Y hasta tuvieron revistas de masculinos nombres: ‘El Gladiador’, ‘El Libertador’, ‘El Gladiador del Librepensamiento’… y organizaron la primera manifestación de mujeres se produjo en Barcelona, el 10 de julio de 1910.
Y hubo más mujeres en aquellas primeras décadas del siglo XX, también en Barcelona: Dolors Monserdà i Vidal, desde las páginas de ‘Or i Grana’ (1906), Carmen Karr i Alfonsetti, desde ‘Feminal’ (de 1907 a1917) o Francesca Bonnemaison Farriols, creadora de la Biblioteca Popular per la Dona (1910) y de un instituto de Cultura.

El Estado también aportó su granito de arena. En el año 1900, se aprobó la Ley de Accidentes de Trabajo a la que siguieron la Ley de Descanso Dominical (1903) y la conocida vulgarmente como la Ley de la silla (1912) -por cierto, ¡no derogada aún!- que pedía tantas sillas como trabajadoras. No era una concesión caballeresca o galante; era la consecuencia de una solicitud de varios colectivos médicos ante la cantidad de abortos y partos distróficos advertidos en las trabajadoras que habían de pasar muchas horas sin poder sentarse; vamos, por cuestiones de supervivencia de la raza, el asegurar la descendencia ligada al embarazo, parto y lactancia. Por cierto: esta ley lo único que hizo fue marcar aún más la discriminación entre hombre y mujeres. Admitía la debilidad del sexo femenino y discriminaba al hombre. Tuvieron que pasar seis años para que el Real Decreto de 16 de octubre de 1918, estableciera en su artículo 15 que “con sujeción a lo determinado en el artículo 18 de la Ley todo dependiente varón gozará el derecho al asiento en los mismos términos que para las mujeres empleadas establece la Ley de 27 de febrero de 1912”. Y la ley de 1912 sigue sin derogarse. Y veo pocas sillas…

Y poco más. Europa se sumergió en la Gran Guerra y casi al final de ella, aquí, en el año 1918, nació la Asociación Nacional de Mujeres Españolas, que defendía reformas en el Código Civil, la represión de la prostitución legalizada, la promoción educativa y el derecho de la mujer a ejercer profesiones liberales.
Everybody Works But Father
Hay un detalle que explica el retraso de la emancipación de la mujer en la mayoría de los países de la contienda y no en España. Allí, la mujer tuvo que ocupar el puesto laboral del hombre llamado a filas para la IGM; en España, cuya neutralidad se debió -principalmente- a que nadie quería el lastre de nuestra Flota y Ejército no recuperados ni la una ni el otro de los desastres de 1898 y 1911, no. Aquí, en la vieja piel de toro, la mujer seguía siendo mayoritariamente, como la sociedad: agraria.

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